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Población residente en el extranjero a 1 de enero. Por sexo. Comarcas y Aran, ámbitos y provincias

Población residente en el extranjero a 1 de enero. Por sexo. Comarcas y Aran, ámbitos y provincias 2019
Hombres Mujeres Total
Alt Camp 621 596 1.217
Alt Empordà 3.173 3.067 6.240
Alt Penedès 1.322 1.183 2.505
Alt Urgell 2.349 2.328 4.677
Alta Ribagorça 68 70 138
Anoia 1.604 1.524 3.128
Aran 268 236 504
Bages 2.859 2.638 5.497
Baix Camp 2.754 2.731 5.485
Baix Ebre 1.268 1.245 2.513
Baix Empordà 2.708 2.496 5.204
Baix Llobregat 8.476 7.907 16.383
Baix Penedès 1.344 1.341 2.685
Barcelonès 81.909 82.210 164.119
Berguedà 558 508 1.066
Cerdanya 462 500 962
Conca de Barberà 377 401 778
Garraf 2.197 2.120 4.317
Garrigues 235 260 495
Garrotxa 863 742 1.605
Gironès 3.966 3.805 7.771
Lluçanès .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible
Maresme 5.936 5.645 11.581
Moianès 183 151 334
Montsià 760 777 1.537
Noguera 1.191 1.222 2.413
Osona 2.801 2.349 5.150
Pallars Jussà 579 616 1.195
Pallars Sobirà 292 261 553
Pla d'Urgell 497 503 1.000
Pla de l'Estany 273 312 585
Priorat 206 201 407
Ribera d'Ebre 362 345 707
Ripollès 393 360 753
Segarra 301 280 581
Segrià 3.436 3.404 6.840
Selva 2.394 2.104 4.498
Solsonès 304 265 569
Tarragonès 4.404 4.134 8.538
Terra Alta 146 137 283
Urgell 605 640 1.245
Vallès Occidental 10.967 10.689 21.656
Vallès Oriental 4.667 4.218 8.885
Cataluña 160.078 156.521 316.599
Metropolità 112.012 110.722 222.734
Comarques Gironines 13.770 12.886 26.656
Camp de Tarragona 8.362 8.063 16.425
Terres de l'Ebre 2.536 2.504 5.040
Ponent 6.265 6.309 12.574
Comarques Centrals 6.738 5.937 12.675
Alt Pirineu i Aran 4.018 4.011 8.029
Penedès 6.377 6.089 12.466
Barcelona 123.463 121.133 244.596
Girona 14.154 13.291 27.445
Lleida 10.219 10.189 20.408
Tarragona 12.242 11.908 24.150
Fuente: Idescat, a partir del Padrón de españoles residentes en el extranjero.
(..) Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible.

Última actualización: 29 de abril de 2019.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Población residente en el extranjero
Personas que viven habitualmente en el extranjero, tienen la nacionalidad española, sea o no esta la única nacionalidad, y su último municipio de inscripción en el Padrón municipal de habitantes es un municipio de Cataluña. La fecha de referencia es a 1 de enero de cada año.

Aspectos metodológicos

Se ofrece la estadística de población residente en el extranjero que se obtiene del Padrón de habitantes residentes en el extranjero y es una actividad estadística oficial, prevista en Llei 2/2006, de 6 de marzo, bajo el nombre de Censo de catalanes residentes en el extranjero. El objetivo es la obtención del número y de las características básicas de los catalanes residentes fuera a partir de la explotación del Padrón de españoles residentes en el extranjero, a 1 de enero de cada año.

El Padrón de habitantes residentes en el extranjero es el registro administrativo donde constan las personas que viven habitualmente en el extranjero, que tienen la nacionalidad española, sea o no ésta su única nacionalidad, y el último municipio en el cual están inscritas es cualquiera de los que hay en Cataluña. El objetivo es la obtención de tabulaciones del número y las características básicas de los catalanes residentes fuera a partir de una explotación inicial del Padrón de españoles residentes en el extranjero de las personas que el último municipio en el cual están inscritas es uno de Cataluña. La fecha de referencia es a 1 de enero de cada año.

La Ley 4/1996, de 10 de enero, por la cual se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local en relación con el Padrón municipal, establece que la Administración General del Estado confeccionará un padrón de españoles residentes en el extranjero. "Las personas inscritas en este padrón se considerarán vecinos del municipio español que figura en los datos de su inscripción únicamente a efectos del ejercicio del derecho de sufragio, no constituyendo, en ningún caso, población del municipio."

Se constituye con los datos existentes en el Registro de Matrícula de cada oficina consular o sección consular de las misiones diplomáticas. A estos efectos el Real Decreto 3425/2000, de 15 de diciembre, sobre inscripción de los españoles en los registros de matrícula de las oficinas consulares en el extranjero, dice:

Artículo 1. El Registro de Matrícula Consular

1. Para el cumplimiento de sus funciones, las oficinas consulares y, en su caso, las secciones consulares de las misiones diplomáticas de España llevarán un Registro de Matrícula de los nacionales españoles que habiten en su respectiva demarcación consular, sean residentes habituales o se encuentren allí transitoriamente.

2. El Registro de Matrícula Consular incluirá dos categorías de inscritos: los residentes y los no residentes.

3. Tendrán la consideración de residentes los españoles que residan habitualmente en la demarcación consular y quienes trasladen allí su residencia habitual. Los inscritos como residentes causarán alta en el Padrón de españoles residentes en el extranjero, y los mayores de edad, en el correspondiente Censo electoral de residentes ausentes.

Artículo 2. Obligación de inscribirse

1. Los españoles que residan habitualmente en el extranjero y aquellos que trasladen allí su residencia habitual deberán inscribirse en el Registro de Matrícula de la oficina consular o de la sección consular de la misión diplomática que corresponda a la circunscripción donde se encuentren.

2. El padre o la madre deberán solicitar la inscripción de sus hijos menores de edad sujetos a su patria potestad si se hallan en su compañía. La misma obligación incumbe a los tutores respecto de sus pupilos. El contenido y los procedimientos de formación y actualización del Padrón de españoles residentes en el extranjero se indican en el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales.