Saltar al contenido principal

Registro de la Propiedad. Actos realizados. Provincias

Registro de la Propiedad. Actos realizados. Provincias 2010
Barcelona Girona Lleida Tarragona Cataluña España % Cat./Esp.
Fincas registradas por primera vez 1.402 449 1.375 829 4.055 168.428 2,4
Rústicas 77 141 997 291 1.506 69.816 2,2
Urbanas 1.325 308 378 538 2.549 98.612 2,6
Enajenación de inmuebles 126.675 28.657 25.419 26.974 207.725 1.742.502 11,9
Fincas rústicas 3.274 3.972 10.504 5.173 22.923 349.822 6,6
Actos de última voluntad 1.822 2.601 7.110 2.946 14.479 163.864 8,8
Actos o contratos con intervención de precio 1.068 849 2.402 1.632 5.951 129.427 4,6
Actos o contratos sin intervención de precio 384 522 992 595 2.493 56.531 4,4
Fincas urbanas 123.401 24.685 14.915 21.801 184.802 1.392.680 13,3
Actos de última voluntad 31.964 6.167 4.134 4.855 47.120 240.770 19,6
Actos o contratos con intervención de precio 78.193 15.634 8.661 14.190 116.678 975.965 12,0
Actos o contratos sin intervención de precio 13.244 2.884 2.120 2.756 21.004 175.945 11,9
Fuente: Ministerio de Justicia. Dirección General de los Registros y del Notariado.

Última actualización: 13 de julio de 2012.

Nota metodológica

Aspectos metodológicos

El Registro de la Propiedad, dependiente del Ministerio de Justicia, tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos, contratos y resoluciones judiciales o administrativas que afecten a la propiedad y a otros derechos sobre bienes inmuebles, ya sean éstos de titularidad pública o privada, así como de determinadas resoluciones judiciales que afectan a la capacidad de las personas.

El Registro de la Propiedad hace públicos los hechos, actos y derechos inscritos para quienes tengan legítimo interés en conocerlos. Asimismo, proporciona seguridad jurídica a los derechos inscritos, favorece la seguridad y agilidad del tráfico jurídico y ahorra constes de transacción.

Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadítico, el símbolo utilizado es "..".