Saltar al contenido principal

Síndic de Greuges. Quejas, actuaciones de oficio y consultas recibidas. Por materias

Síndic de Greuges. Quejas, actuaciones de oficio y consultas recibidas. Por materias Cataluña. 2005
Quejas iniciadas Actuaciones de oficio Consultas Total
Administración pública y derechos 745 10 669 1.424
Consumo 262 8 747 1.017
Cultura 56 3 43 102
Educación 162 5 131 298
Inmigración 166 1 95 262
Infancia y adolescencia 221 11 62 294
Medio ambiente 358 7 190 555
Participación ciudadana 38 2 7 47
Relaciones laborales 154 8 248 410
Sanidad 223 6 170 399
Seguridad ciudadana y justicia 400 5 423 828
Servicios sociales 225 11 152 388
Tributos 187 1 132 320
Urbanismo y vivienda 397 3 298 698
Privadas o inconcretas 23 0 1.308 1.331
Total 3.617 81 4.675 8.373
Fuente: Síndic de Greuges de Catalunya.
Nota: Privadas: Las cuestiones de ámbito privado quedan fuera de las competencias del Síndico.

Última actualización: 13 de marzo de 2014.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Actuación de oficio (SG)
Investigación de oficio, tanto a iniciativa propia como a solicitud de los sujetos, de aquellos actos en los que la actividad o inactividad atribuible a las administraciones, organismos, empresas o personas pueda constituir vulneración de derechos o libertades constitucionales o estatutarios.
Consulta (SG)
Solicitud de información que efectuan las personas, entidades o instituciones legitimadas ante el Síndic de Greuges.
Queja (SG)
Solicitud de actuación de oficio que tiene por objeto instar al Síndic de Greuges a investigar aquellos actos en los que la actividad o inactividad atribuible a las administraciones, organismos, empresas o personas pueda haber vulnerado derechos o libertades constitucionales o estatutarios.
Síndic de Greuges
Institución que se encarga de la defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos. Tiene facultades de supervisión de la actividad de la Administración pública de la Generalidad y de los organismos públicos o privados vinculados o que dependen de éstos, de las empresas privadas que gestionan los servicios públicos o cumplen actividades de interés general o universal. El Síndic es también un mecanismo para prevenir la tortura y de los tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (Protocolo facultativo de la Convención de Naciones Unidas).

Aspectos metodológicos

La Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges (DOGC núm. 5536 - 30/12/2009), atribuye al Síndic de Greuges la condición de Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Elegido por tres quintas partes del Parlamento, es políticamente independiente. No depende de ningún gobierno y actúa con objetividad, libertad de criterio e independencia. Cada mandato tiene una duración de nueve años.

El Síndic vela para que se respeten los derechos de las personas. Atiende todas las consultas y orienta a los interesados sobre el mejor procedimiento que pueden seguir para solucionar su problema. Sus competencias son limitadas y no puede intervenir, por ejemplo, en conflictos entre particulares.

Cualquier persona física o jurídica está legitimada para dirigirse al Síndic de Greuges, y no se precisa asistencia letrada ni representación procesal. Las actuaciones del Síndic de Greuges son gratuitas para la persona interesada.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".