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Síndic de Greuges. Quejas y consultas recibidas. Comarcas y Aran, y provincias

Síndic de Greuges. Quejas y consultas recibidas. Comarcas y Aran, y provincias 2016
Quejas iniciadas Consultas Total
Alt Camp 52 46 98
Alt Empordà 145 109 254
Alt Penedès 122 158 280
Alt Urgell 26 23 49
Alta Ribagorça 3 4 7
Anoia 127 136 263
Aran 12 3 15
Bages 229 220 449
Baix Camp 148 124 272
Baix Ebre 255 58 313
Baix Empordà 248 110 358
Baix Llobregat 1.137 812 1.949
Baix Penedès 148 125 273
Barcelonès 2.743 3.623 6.366
Berguedà 36 42 78
Cerdanya 15 9 24
Conca de Barberà 27 23 50
Garraf 203 206 409
Garrigues 25 23 48
Garrotxa 26 48 74
Gironès 170 206 376
Maresme 584 558 1.142
Moianès 11 15 26
Montsià 148 77 225
Noguera 29 29 58
Osona 193 202 395
Pallars Jussà 17 5 22
Pallars Sobirà 15 8 23
Pla d'Urgell 54 35 89
Pla de l'Estany 14 32 46
Priorat 14 21 35
Ribera d'Ebre 56 22 78
Ripollès 43 35 78
Segarra 30 29 59
Segrià 151 140 291
Selva 215 200 415
Solsonès 4 9 13
Tarragonès 260 218 478
Terra Alta 15 4 19
Urgell 40 35 75
Vallès Occidental 898 773 1.671
Vallès Oriental 588 550 1.138
Quejas procedentes de otras CCAA 737 1.251 1.988
Cataluña 10.013 10.356 20.369
Barcelona 6.871 7.292 14.163
Girona 872 750 1.622
Lleida 410 345 755
Tarragona 1.121 718 1.839
Fuente: Síndic de Greuges de Catalunya.
Nota: No se incluyen las actuaciones de oficio.

Última actualización: 17 de marzo de 2017.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Consulta (SG)
Solicitud de información que efectuan las personas, entidades o instituciones legitimadas ante el Síndic de Greuges.
Queja (SG)
Solicitud de actuación de oficio que tiene por objeto instar al Síndic de Greuges a investigar aquellos actos en los que la actividad o inactividad atribuible a las administraciones, organismos, empresas o personas pueda haber vulnerado derechos o libertades constitucionales o estatutarios.
Síndic de Greuges
Institución que se encarga de la defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos. Tiene facultades de supervisión de la actividad de la Administración pública de la Generalidad y de los organismos públicos o privados vinculados o que dependen de éstos, de las empresas privadas que gestionan los servicios públicos o cumplen actividades de interés general o universal. El Síndic es también un mecanismo para prevenir la tortura y de los tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (Protocolo facultativo de la Convención de Naciones Unidas).

Aspectos metodológicos

La Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges (DOGC núm. 5536 - 30/12/2009), atribuye al Síndic de Greuges la condición de Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Elegido por tres quintas partes del Parlamento, es políticamente independiente. No depende de ningún gobierno y actúa con objetividad, libertad de criterio e independencia. Cada mandato tiene una duración de nueve años.

El Síndic vela para que se respeten los derechos de las personas. Atiende todas las consultas y orienta a los interesados sobre el mejor procedimiento que pueden seguir para solucionar su problema. Sus competencias son limitadas y no puede intervenir, por ejemplo, en conflictos entre particulares.

Cualquier persona física o jurídica está legitimada para dirigirse al Síndic de Greuges, y no se precisa asistencia letrada ni representación procesal. Las actuaciones del Síndic de Greuges son gratuitas para la persona interesada.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".