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Fundaciones. Por tipo de actividad. Comarcas y Aran, y ámbitos

Fundaciones. Por tipos de actividad. Comarcas y Aran, y ámbitos 2024
Asistenciales Culturales Docentes Científicas Total
Alt Camp 3 7 0 0 10
Alt Empordà 18 30 2 1 51
Alt Penedès 11 18 2 1 32
Alt Urgell 7 5 0 0 12
Alta Ribagorça 0 1 0 0 1
Anoia 15 17 2 0 34
Aran 1 1 1 0 3
Bages 20 30 1 0 51
Baix Camp 13 35 2 0 50
Baix Ebre 3 8 4 0 15
Baix Empordà 16 27 1 0 44
Baix Llobregat 51 63 8 6 128
Baix Penedès 1 5 1 0 7
Barcelonès 510 665 89 59 1.323
Berguedà 7 6 3 0 16
Cerdanya 5 7 0 0 12
Conca de Barberà 2 5 0 0 7
Garraf 17 17 2 3 39
Garrigues 4 3 1 0 8
Garrotxa 8 12 1 1 22
Gironès 38 47 4 0 89
Lluçanès 2 0 0 0 2
Maresme 52 39 7 0 98
Moianès 3 7 0 0 10
Montsià 4 8 0 0 12
Noguera 2 6 0 0 8
Osona 38 40 8 1 87
Pallars Jussà 1 1 0 0 2
Pallars Sobirà 2 4 1 0 7
Pla d'Urgell 8 5 0 0 13
Pla de l'Estany 4 1 0 1 6
Priorat 0 2 1 0 3
Ribera d'Ebre 1 2 0 0 3
Ripollès 6 2 2 0 10
Segarra 7 4 0 0 11
Segrià 35 32 4 1 72
Selva 10 17 2 0 29
Solsonès 3 6 1 0 10
Tarragonès 28 29 2 2 61
Terra Alta 0 1 0 0 1
Urgell 3 4 0 1 8
Vallès Occidental 69 104 19 8 200
Vallès Oriental 37 40 6 1 84
Cataluña 1.065 1.363 177 86 2.691
Metropolità 719 911 129 74 1.833
Comarques Gironines 104 140 12 2 258
Camp de Tarragona 46 78 5 2 131
Terres de l'Ebre 8 19 4 0 31
Ponent 55 50 5 3 113
Comarques Centrals 73 89 13 1 176
Alt Pirineu i Aran 16 19 2 0 37
Penedès 44 57 7 4 112
Fuente: Departament de Justícia i Qualitat Democràtica.

Última actualización: 10 de octubre de 2025.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Fundación
Entidad sin ánimo de lucro constituida por una o diversas personas fundadoras, mediante la afectación de unos bienes o de unos derechos de contenido económico y el destino de sus rendimientos o de los recursos obtenidos por otros medios al cumplimiento de finalidades de interés general. La fundación adquiere personalidad jurídica definitiva con la inscripción de la carta fundacional en el Registro de Fundaciones del Departamento de Justicia.

Aspectos metodológicos

La Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas tiene a su cargo registrar las asociaciones de régimen general. Las asociaciones políticas, las religiosas, las deportivas de competición final y las profesionales que regulan los derechos laborales quedan excluidas porque tienen registros específicos.

La Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas también tiene a su cargo el registro y la supervisión de las fundaciones.

Las asociaciones y las fundaciones están constituidas por tres o más personas con una finalidad común. Las diferencias más importantes entre una asociación y una fundación son las siguientes:

  • Para crear una fundación, además hay que tener un patrimonio.
  • La asociación puede perseguir fines de interés general o particular (es decir, las que deseen sus socios, siempre que sean legales). En cambio, la fundación persigue fines de interés general.
  • Los órganos de gobierno de una asociación son la asamblea general y la junta directiva, mientras que el órgano de una fundación es el patronato.

Los datos son a 31 de diciembre.

La nueva comarca de El Moianès se creó el 1 de mayo de 2015 (Ley 4/2015, de 23 de abril, de creación de la comarca de El Moianès) a partir de la agregación de cinco municipios de la comarca de El Bages, uno de la comarca de Osona y cuatro de la comarca de El Vallès Oriental.

Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".