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Sociedades mercantiles. Procedimiento concursal. Por actividades principales (CNAE-09)

Sociedades mercantiles. Procedimiento concursal. Por actividad principal (CCAE-2009) 2010
Cataluña España % Cat./Esp.
Agricultura y pesca 8 53 15,1
Industria y energía 269 1.013 26,6
Construcción 344 1.599 21,5
Comercio 205 816 25,1
Transporte y almacenamiento 55 243 22,6
Hostelería 33 165 20,0
Información y comunicaciones 28 86 32,6
Inmobiliarias financieras y seguros 41 171 24,0
Actividades profesionales y técnicas 58 219 26,5
Actividades administrativas y servicios auxiliares 35 162 21,6
Resto de servicios 40 177 22,6
No clasificados 87 286 30,4
Total 1.203 4.990 24,1
Fuente: INE. Estadística del procedimiento concursal.

Última actualización: 7 de febrero de 2012.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Procedimiento concursal
Concurso. Las entidades o empresas en situación de insolvencia presentan su patrimonio a un concurso de acreedores. Los órganos jurídicos con competencia mercantil son los que reciben y gestionan los expedientes presentados.

Aspectos metodológicos

La Estadística del procedimiento concursal que elabora el INE sustituye la Estadística de suspensiones de pagos y declaraciones de quiebras, dado que el 1 de septiembre del 2004 entró en vigor la Ley orgánica 8/2003 para la reforma concursal, y la Ley 22/2003 concursal.

Los datos de procedimiento concursal se obtienen de juzgados con competencias mercantiles; la atribución es en función del lugar donde se han iniciado los procesos legales. Esta estadística se elabora a partir de la información que proporcionan unos cuestionarios en los que se preguntan las características de los concursos declarados.

Expedientes admitidos/presentados a concurso: Expedientes presentados por el deudor o el acreedor de este deudor en el caso de situación de insolvencia de la empresa o de situación patrimonial de incapacidad para hacer frente regularmente a las obligaciones contraídas por el deudor.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".