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Regulación de empleo. Procedimientos y trabajadores afectados. Comarcas y Aran, y ámbitos

Regulación del empleo. Procedimientos y trabajadores afectados. Comarcas y Aran, y Aran, y ámbitos 2016
Trabajadores afectados
Procedimientos Rescisión Suspensión Reducción Total
Alt Camp 10 30 7 5 42
Alt Empordà 13 38 31 16 85
Alt Penedès 2 67 2 0 69
Alt Urgell 0 0 0 0 0
Alta Ribagorça 0 0 0 0 0
Anoia 15 15 143 1 159
Aran 0 0 0 0 0
Bages 12 28 328 4 360
Baix Camp 8 19 16 13 48
Baix Ebre 8 1 178 8 187
Baix Empordà 10 30 60 14 104
Baix Llobregat 60 552 250 165 967
Baix Penedès 2 0 32 0 32
Barcelonès 240 2.298 1.960 353 4.611
Berguedà 2 0 63 0 63
Cerdanya 0 0 0 0 0
Conca de Barberà 2 0 7 0 7
Garraf 8 23 493 18 534
Garrigues 0 0 0 0 0
Garrotxa 3 0 38 1 39
Gironès 14 39 66 5 110
Maresme 26 56 239 54 349
Moianès 0 0 0 0 0
Montsià 15 0 29 36 65
Noguera 2 0 46 2 48
Osona 10 7 86 149 242
Pallars Jussà 1 0 0 2 2
Pallars Sobirà 0 0 0 0 0
Pla d'Urgell 2 0 4 1 5
Pla de l'Estany 1 11 0 0 11
Priorat 0 0 0 0 0
Ribera d'Ebre 4 0 26 0 26
Ripollès 0 0 0 0 0
Segarra 4 16 9 1 26
Segrià 20 55 52 7 114
Selva 21 25 547 5 577
Solsonès 2 7 43 0 50
Tarragonès 40 209 151 31 391
Terra Alta 0 0 0 0 0
Urgell 4 0 59 2 61
Vallès Occidental 47 955 574 41 1.570
Vallès Oriental 28 334 114 11 459
Cataluña 636 4.815 5.653 945 11.413
Metropolità 401 4.195 3.137 624 7.956
Comarques Gironines 62 143 742 41 926
Camp de Tarragona 60 258 181 49 488
Terres de l'Ebre 27 1 233 44 278
Ponent 32 71 170 13 254
Comarques Centrals 28 42 527 153 722
Alt Pirineu i Aran 1 0 0 2 2
Penedès 25 105 663 19 787
Fuente: Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias. Observatori del Treball i Model Productiu.
Nota: Trabajadores afectados por comunicados no desistidos y resueltos autoritzados.

Última actualización: 7 de julio de 2017.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Regulación de la ocupación
Número de expedientes presentados por las empresas o representantes legales de los trabajadores con el fin de solicitar la suspensión o extinción de relaciones laborales o reducciones de jornada, por causas económicas o de otros tipos, y que han sido resueltos por la autoridad laboral.

Aspectos metodológicos

Se incluyen los expedientes de regulación de empleo que afectan a Cataluña, tanto si la gestión del expediente la ha hecho el Departamento de Empresa y Empleo como si la ha hecho el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

La fuente de información es la hoja estadística que para cada expediente de regulación de empleo terminado se rellena en los servicios territoriales del Departamento de Empresa y Empleo o en la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo del Departamento de Empresa y Empleo, o en la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Los expedientes de regulación de empleo se clasifican según los siguientes conceptos:

  • forma de finalización: autorizados y comunicados no desistidos, no autorizados y desistidos (que incluye también los archivados y los inadmisibles);
  • tipo: pactado y no pactado (hasta el año 2009 los expedientes autorizados presentados por los trabajadores y los de fuerza mayor se clasifican como pactados; a partir del año 2010, teniendo en cuenta que para dichos expedientes esta información no procede, como tampoco para los expedientes que afectan a socios de cooperativas, se clasifican como no pactados);
  • efecto: sólo tiene sentido para los expedientes autorizados y comunicados no desistidos y puede ser suspensión o extinción de las relaciones de trabajo o reducción de la jornada. Las jubilaciones anticipadas se consideran estadísticamente como extinciones.

A partir de la entrada en vigor del Real Decreto 801/2011, que aprueba el Reglamento de los procedimientos de regulación de empleo y de actuación administrativa en materia de traslados colectivos, se entiende por suspensión el cese de la actividad que afecta a días completos, tanto si son continuados como alternos, mientras que la reducción de jornada se define como la disminución temporal de la jornada de trabajo entre un 10 y un 70%, computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual. Por lo tanto, las estadísticas de regulación de empleo del período comprendido entre la entrada en vigor del Real Decreto Ley 10/2010 y la entrada en vigor del Real Decreto 801 /2011, por lo que respecta a las medidas de suspensión y reducción, hay que interpretarlas con cautela teniendo en cuenta estos cambios asociados a la gestión de los expedientes y deben tenerse presentes en los análisis de las series temporales de datos.

Los comunicados no desistidos son expedientes iniciados a partir del 12 de febrero de 2012 (entrada en vigor del Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral). Se contabilizan temporalmente según la fecha de la comunicación de la decisión empresarial una vez finalizado el período de consultas. Desde el 12 de febrero de 2012, los expedientes autorizados sólo incluyen los de fuerza mayor y los que afectan a los socios de sociedades cooperativas.