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Trabajadores extranjeros afiliados en alta laboral. Por sexo y tipo de régimen. Provincias

Trabajadores extranjeros afiliados en alta laboral. Por sexo y tipo de régimen. Provincias 2005
Barcelona Girona Lleida Tarragona Cataluña España % Cat./Esp.
Por sexo
Hombres 161.105 30.507 18.063 24.944 234.619 1.011.332 23,2
Mujeres 111.184 13.732 7.258 11.059 143.233 677.248 21,1
Por tipo de régimen
General y minería carbón 204.716 33.574 19.278 26.272 283.840 1.121.372 25,3
Especial agrario 4.040 2.175 3.495 4.088 13.798 165.257 8,3
Especial del mar 87 82 0 117 286 3.239 8,8
Especial ocupados hogar 44.424 4.083 1.455 2.902 52.864 253.770 20,8
Especial autónomos 19.025 4.325 1.093 2.624 27.067 144.960 18,7
Total 272.292 44.239 25.321 36.003 377.855 1.688.598 22,4
Fuente: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales.
Notas:
A 31 de desembre.
Hay que tener en cuenta que una misma persona puede estar contabilizada tantas veces como situaciones de cotización necesite, ya sea porqué tiene diferentes actividades laborales en un mismo régimen o en otros.
Los totales incluyen los no clasificados por sexo.

Última actualización: 18 de junio de 2009.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Trabajador afiliado al sistema de la Seguridad Social
Persona que ejerce una actividad laboral a cambio de una remuneración, afiliada al régimen general de la Seguridad Social o al régimen especial de la minería del carbón en situación de alta laboral y situaciones semejantes al alta como incapacidad temporal, suspensión por regulación de ocupación, desocupación parcial, etc. No incluye los trabajadores en situación de desocupación, trabajadores con convenios especiales, trabajadores de empresas acogidas a planes de reconversión y trabajadores que reciben ayudas en concepto de jubilación anticipada u otras situaciones sin efecto en cotizaciones. Una misma persona se contabiliza tantas veces como situaciones de cotización tenga, tanto si tiene varias actividades laborales en un mismo régimen o en varios.
Trabajador extranjero afiliado a la S. Social
Ciudadano extranjero que reside o se encuentra legalmente en España y ha obtenido una autorización administrativa previa para trabajar, en los casos en que sea legal o reglamentariamente exigible. Esta situación la hace equiparable a la de un trabajador español afiliado a la Seguridad Social.

Aspectos metodológicos

Las solicitudes de afiliación y alta de los trabajadores extranjeros, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, deberán acompañarse de la documentación acreditativa de su nacionalidad y, a excepción de aquellos a los que resulte de aplicación la normativa comunitaria, de la correspondiente autorización para trabajar o del documento que acredite la excepción de la obligación de obtenerla, además de los datos y documentos requeridos para las de los trabajadores españoles.

Los extranjeros que precisen de autorización administrativa previa para desempeñar una actividad en España y carezcan de dicha autorización no estarán incluidos en el Sistema de la Seguridad Social, sin perjuicio de que puedan considerarse incluidos a efectos de la obtención de determinadas prestaciones de acuerdo con lo establecido en la ley.

El número de afiliados no corresponde necesariamente con el de trabajadores: la misma persona se contabiliza tantas veces como obligaciones de cotización tenga.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".