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Elecciones sindicales. Estatuto de los trabajadores. Representantes elegidos. Por centrales sindicales. Comarcas y Aran, y provincias

Elecciones sindicales. Estatuto de los trabajadores (1) (2). Representantes elegidos. Por centrales sindicales. Comarcas, ámbitos y provincias Cataluña
Elegidos CCOO UGT USO CGT No afiliados Otros
2009 57.345 25.326 24.134 2.313 1.085 1.522 2.965
2008 56.267 24.963 23.571 2.256 1.084 1.431 2.962
2007 54.135 24.052 22.487 2.170 1.043 1.535 2.848
2006 52.846 23.171 22.037 1.938 955 1.824 2.921
2005 52.740 23.273 21.659 1.957 940 1.911 3.000
2004 51.534 22.725 21.067 1.889 905 2.007 2.941
2003 49.787 21.970 20.250 1.872 868 1.941 2.886
2002 48.203 21.155 19.534 1.770 834 2.353 2.557
2001 48.000 20.896 19.175 1.889 853 2.453 2.734
2000 45.103 19.525 17.799 1.838 813 2.365 2.763
Fuente:
2000: Departament de Treball. Servei d'Estudis i Estadístiques.
2001-2004: Departament de Treball, Indústria, Comerç i Turisme. Servei d'Estudis i Estadístiques.
2005-2008: Departament de Treball. Servei d'Estudis i Estadístiques.
2009: Departamento de Empresa y Empleo.
Nota: Respecto al personal al que se aplica el Estatuto de los trabajadores. Datos a 31 de diciembre.

Última actualización: 29 de marzo de 2011.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Elección sindical
Proceso electoral en el que el trabajador, tanto el de las empresas privadas o públicas como el que está al servicio de las administraciones públicas, elige a sus representantes en los órganos de representación, que son parte fundamental en la negociación colectiva y en la determinación de las condiciones de trabajo.
Elector
Persona que reúne requisitos legales para ejercitar el derecho de sufragio.

Aspectos metodológicos

Las elecciones sindicales son el proceso electoral a través del cual se eligen a los representantes de los trabajadores en el centro de trabajo cada cuatro años.

Los trabajadores de la empresa o centro de trabajo mayores de 16 años y con una antigüedad mínima de un mes pueden participar en el sufragio —que es libre, personal, secreto y directo— para escoger sus representantes.

Los representantes de los trabajadores deben tener 18 años cumplidos y una antigüedad de seis meses como mínimo en la empresa (salvo que en el convenio colectivo se pacte otro plazo, no inferior a los tres meses, por movilidad del personal).

Relación de siglas y nombres de los sindicatos que aparecen en las tablas:
CSIF Central Sindical Independiente y de Funcionarios
CCOO Confederación Sindical de Comisiones Obreras
UGT Unión General de Trabajadores
USO Unión Sindical Obrera
CGT Confederación General del Trabajo
IAC Intersindical Alternativa de Cataluña

De acuerdo con la dimensión de la plantilla de la empresa, se elegirán delegados de personal o comité de empresa.

Los datos sobre elecciones sindicales respecto al personal al que se aplica el Estatuto de los trabajadores o la normativa de funcionarios, son a 31 de diciembre.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".